Se ha establecido el estatus de migración de protección temporal y se ha introducido la creación del Permiso Temporal de Protección dentro del Servicio Nacional de Migración.

Migración de protección temporal
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A través del Decreto Ejecutivo No. 112, emitido el 13 de Julio de 2023

El Presidente de la República, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, ha promulgado este decreto con el propósito de instituir un Permiso Temporal de Protección. Este permiso estará disponible para todas las personas extranjeras, sin importar su nacionalidad, que, en el momento de la entrada en vigor del decreto, se encuentren en situación irregular en el territorio nacional y hayan permanecido en el país por un período no inferior a un (1) año, sin haber iniciado un proceso migratorio.

Además de los requisitos establecidos en este decreto, aquellos ciudadanos que opten por el Permiso Temporal deberán someterse a una entrevista o evaluación llevada a cabo por el Servicio Nacional de Migración. Es recomendable que cuenten con la asesoría de un abogado competente para llevar a cabo este trámite de manera adecuada.