La información de antecedentes personales no podra exigirse para solicitudes de empleo

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Dependiendo de los servicios y empleos se solicitará  la presentación del Certificado de Información de Antecedentes Personales, que expide la Dirección de Investigación Judicial; el mismo no podrá exigirse para solicitudes de empleos, tal y como lo establece el Artículo 25 de la Ley 51 del 27 de Octubre del 2016, que modifica el artículo 18 de la ley 69 de 2007.

Estas disposiciones deben cumplirse salvo que se trate de alguno de los siguientes servicios y empleos: Bancarios, financieros o de valores, transporte aéreo, vigilancia o seguridad privada, manejo y control de explosivos, guarda y custodia de personas menores de edad, actividad docente y de transporte colegial, oficios domésticos.

Los funcionarios del MEF que laboren en las Direcciones y Unidades Administrativas siguientes; La Dirección General de Tesorería, de Ingresos, de Administración de Bienes Aprehendidos, la Intendencia de Supervisión y Regulación de Sujetos No Financieros, la UABR y la Junta de Control de Juegos.

Los Certificados de Antecedentes Penales que se expidan  para estos servicios o empleos se harán libres de costos.